A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Delfina Niño Becerra·Demandado Departamento De Impuestos Y Aduanas Nacionales Dian Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito de Cali.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en divergencias respecto al factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Dieciocho Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 4 de marzo de 2024 por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, con ocasión de la tutela promovida por Delfina Niño Becerra en contra de la DIAN, la Fiscalía 420 Seccional de Unidad de Orden Económico y Fe Pública, la Gobernación del Valle del Cauca y la Secretaría de Tránsito y Transporte del municipio de Guacarí.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4630 al Juzgado Dieciocho Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela.
- TERCER. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR esta providencia a la accionante y al Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito de Cali.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.